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REGISTRO UNICO DEL CONTRIBUYENTE (RUC)

¿Qué es el Registro Único del Contribuyente (RUC)?

El Registro Único del Contribuyente (RUC) es el número de identificación - personal e intransferible - de todas aquellas personas nacionales o extranjeras, y de todas las personas jurídicas (empresas, prestadoras de servicios, industrias, etc.) que realicen actividades económicas. También deben tener RUC las entidades sin fines de lucro.

¿Cómo se obtiene un RUC?

Todas las personas que necesiten un RUC (Cédula Tributaria) deben inscribirse en el Departamento de Registro Único del Contribuyente de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), cuya sede central está en Asunción, en las calles Iturbe entre Eligio Ayala y Mariscal López, o en las agencias regionales de la Dirección de Recaudación en todo el país. El horario de atención es de 07:00 a 13:00 horas de
lunes a viernes. Se deben presentar documentos específicos de acuerdo al tipo de actividad e impuesto que debe pagar.

¿Qué formularios se deben comprar?


Para la inscripción de personas físicas se compra el formulario Nº 400, que se debe llenar con los datos personales y datos profesionales. También el formulario Nº 416 dónde se debe dejar constancia del croquis de la ubicación de su domicilio. Para la inscripción de personas jurídicas (por ejemplo, empresas, sociedades) se debe adquirir y llenar los datos del formulario Nº 401 y del Nº 416. Cada formulario tiene un costo de G. 2000.

¿Qué es una orden de impresión y cómo se obtiene?

Cuando se obtiene el RUC, se le entrega la Orden de Impresión; un documento indispensable para las imprentas que le habilita a imprimir el talonario de facturas (VÁLIDO HASTA SEPTIEMBRE 2006, CUANDO SE IMPLEMENTE EL RÉGIMEN DE TIMBRADO).

Si aún no se obtuvo la orden de impresión, debe solicitarla presentando en la ventanilla del RUC los siguientes documentos debidamente llenados:

• Formulario N° 402 Personas Físicas.

• Formulario N° 403 Personas Jurídicas.

• Fotocopia de cédula de identidad vigente del contribuyente o representante legal.

• Dos planillas de saldos de comprobantes en existencia.

En caso de extravío de la orden de impresión, se solicita el duplicado presentando con carácter de declaración jurada, explicando los motivos de la solicitud con :

• Nota dirigida al Jefe del Departamento de RUC.

• Fotocopia de cédula de identidad vigente.

FORMULARIO DE INSCRIPCION

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION EN EL RUC

A) Unipersonales, Profesionales o Personas Fisicas.

• Formulario de solicitud de inscripción N° 400, si no posee RUC. o formulario de cambio de información N°402, si posee RUC activo por otras obligaciones tributarias.

• Formulario N° 416 (croquis).

• Fotocopia de la cédula de identidad.

• Las mujeres casadas, viudas o separadas, deben adjuntar también fotocopia de la Libreta de Familia o Certificado de Nacimiento o de Matrimonio, (sólo uno de los tres) a efecto de constatar el apellido materno.

Obs.: Para el caso Inscripción en Renta Agropecuaria (IMAGRO), deberá adjuntar además:

• Formulario N° 857 - Declaración de bienes patrimoniales.

• Fotocopia de la cédula de identidad.

• Fotocopia de título de propiedad o contrato de alquiler, de aparcería, u otro documento que acredite como poseedor del inmueble.

B) Personas Juridicas (S.A.; S.R.L.; Condominios; Sucesiones; Sucursales en el pais; Sociedades simples y Agencias extranjeras).

• Formulario N° 401, firmado por el representante legal.

• Formulario N° 416 (Croquis)

• Fotocopia de la cédula de identidad vigente de los socios y del representante legal.

• Fotocopia autenticada de la escritura de constitución, con el reconocimiento de la Personería Jurídica e inscripción en el Registro Público de Comercio. (Como fecha de inicio de actividad de una S.R.L. se toma la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio y para las S.A., se toma la fecha de inscripción en el Registro de Personería Jurídica).

• En caso de una empresa extranjera la escritura de constitución debe ser transcripta por un escribano.

• Fotocopia de contrato de alquiler, boleta de inmobiliario o una copia de factura de un servicio público (agua, luz o teléfono).

• Las cooperativas acompañarán copia de la autorización de funcionamiento, expedida por el Instituto Nacional de Cooperativismo (INCOOP) y Estatutos.

Obs.: En el caso de IMAGRO deberán adjuntar

• Copia autenticada de la escritura de constitución inscripta en el Registro Público de Comercio y/o en el Registro de Personas Jurídicas (para las S.A.).

• Fotocopia autenticada de la escritura de propiedad o contrato de arrendamiento o aparcería.

• En el caso de los demás entes o sujetos obligados, deberán acreditar su existencia mediante copia de la escritura, decreto o documento que así lo establece.

• Copia en la que conste la designación del representante legal y fotocopia de la cédula de identidad cuando corresponda.

• Las cooperativas acompañarán copia de la autorización de funcionamiento expedida por el Instituto Nacional de Cooperativismo (INCOOP) y Estatuto.


Nota: Están obligadas a inscribirse las personas que posean inmuebles rurales superiores a 20 hectáreas de Superficie Agrológicamente Útil (SAU) en la Región Oriental y 100 hectáreas en la Región Occidental, que se destinen o no a actividades agropecuarias; os que poseen más de 50 cabezas de ganado vacuno, 30 cabezas de equino y 100 de ovino.

CAMBIO DE INFORMACION

Personas Físicas y Jurídicas:

• Formulario de cambio de información N° 403.

• Formulario N° 426 en caso de actualización de datos

(Adquisición - Desafectación) (En caso de IMAGRO).

• Fotocopia simple de la escritura (en caso de compra o venta) (En caso de IMAGRO).

Los inscriptos están obligados a comunicar - en todos los casos - cualquier modificación de datos que se produzca dentro del plazo de 30 (treinta) días hábiles. Esta comunicación se hará por medio de los formularios N° 402 - Personas Físicas, o Empresas Unipersonales y N°403 - Personas Jurídicas o Sociedades. Se debe adjuntar fotocopia de cédula de identidad del contribuyente o del representante legal.

Las modificaciones pueden ser:

a) Aumento de Capital, además, se debe adjuntar copia autenticada de la escritura u otro documento (Acta de directorio, Acta de asamblea) donde conste el aumento de Capital. (Jurídicas).

b) Cambio o ampliación de actividad económica.

c) Apertura de sucursal o depósito.

d) Cambio de tributo.

e) Suspensión temporal.

f) Clausura parcial. Se debe adjuntar también: Certificado de Cumplimiento Tributario para clausura; Orden de Impresión o Control de Impresión; fotocopia de las últimas Declaraciones Juradas de presentación por la obligación afectada. En caso de IMAGRO, presentar fotocopia autenticada de la escritura de transferencia de inmueble u otro documento que acredite la transferencia.

g) Cambio de domicilio.

h) Cambio de socio o cesión de cuotas. Adjuntar también fotocopia autenticada del documento donde consta la incorporación del nuevo socio u otros; fotocopia de la cédula de identidad vigente del
nuevo socio.

i) Cambio de denominación. Adjuntar: fotocopia autenticada de la escritura de modificación; devolver RUC anterior original; todos los requisitos requeridos para una inscripción de Personas Jurídica.

LOS EXTRANJEROS DEBERAN ANEXAR LO SIGUIENTE:

• Fotocopia de cédula de identidad del país de origen o pasaporte.

• Fotocopia de la contraseña de carnet de migración. En caso de estar vencida, presentar revalidación.

• Certificado original de vida y residencia.

• Las mujeres casadas, viudas o separadas, deben anexar fotocopia de Certificado de Nacimiento o Libreta de Familia o certificado de Matrimonio (sólo uno de los tres), a efecto de constatar el apellido materno.


Importante:
• La firma del contribuyente deberá ser original en todos los formularios.
• No se aceptan formularios con raspaduras o enmiendas.
• En caso de que la actividad sea de importador o exportador, se deberá contar con la fotocopia de la matrícula de comerciante y acompañar su original para cotejo.
• En caso de instituciones de enseñanza, se debe acompañar fotocopia autenticada de la Resolución del MEC. (En la que constate el reconocimiento del Instituto y el nombramiento del encargado).

CANCELACION DEL RUC

1) Requisitos para clausura de contribuyentes afectados a las obligaciones tributarias IVA / Renta:

A) Sociedades Comerciales, Empresas Unipersonales

• Formulario de comunicación.

• Copia de la última Declaración Jurada del Impuesto a la Renta, acompañado de una copia de los Estados Financieros y sus anexos, conforme a la Res. N°173/04, y del Cuadro de Revalúo.

• Copia de la última Declaración Jurada presentada por los otros impuestos a que está sujeto.

• Escritura de Disolución y Liquidación, inscripta en el Registro Público de Comercio, salvo aquéllas Sociedades que no están obligadas a realizarlas.

• Copia de la cédula identidad y de la autorización formal o poder del firmante de la comunicación

• En caso de IMAGRO, fotocopia autenticada de la escritura de transferencia del inmueble.

2) Requisitos para clausura de Tributo Único y Contribuyentes no obligados a llevar contabilidad:

• Formulario de comunicación.

• Copia de la última Declaración Jurada presentada, correspondiente al Impuesto a la Renta o del Tributo Único, según corresponda.

• Copia de la última Declaración Jurada presentada por los otros impuestos a que está sujeto.

• En caso de IMAGRO, fotocopia autenticada de la escritura de transferencia del inmueble.

• Copia de la cédula de identidad del contribuyente.

3) Requisitos para clausura de Personas Físicas - Servicios Profesionales o Personales (solo IVA):

• Formulario de comunicación.

• Copia de la última Declaración Jurada presentada, correspondiente al Impuesto al Valor Agregado.

• Fotocopia de la cédula de identidad del contribuyente.

4) Requisitos comunes, a todos los casos:

• Devolución de la Cédula Tributaria en el momento de la presentación de la comunicación. En caso de extravío, deberá mencionarlo en el casillero previsto en el formulario.

• Certificado de Cumplimiento Tributario, expedido por la Dirección General de Recaudación o la Dirección para cancelación, que tiene validez de 30 días.

• Presentación de Comprobantes Tributarios y otros documentos equivalentes, no utilizados o con utilización parcial, para su inutilización correspondiente para su posterior devolución.

• Devolución de la Orden o Control de Impresión, e último en poder del contribuyente, que deberá coincidir con el detalle del pie de imprenta de las facturas y otros documentos equivalentes presentados.


Importante:
• La Presentación deberá ser realizada en forma personal por el propio contribuyente o tratándose de sociedades a través de su representante legal. En caso que la comunicación sea realizada por una tercera persona deberá acompañar un “Poder
Especial” suscripto por el contribuyente ante Escribano Público.
• En todos los casos el recurrente deberá suscribir la comunicación en presencia del funcionario receptor, en el formulario que será proveído por el Dpto. RUC y presentar el original de la cédula de identidad, que luego de su verificación formal
con la fotocopia adjuntada será devuelta en el acto.

REQUISITOS PARA SOLICITAR

Estado de cuenta

• Formulario N° 831.

• Fotocopia de la cédula de identidad del contribuyente para personas físicas o del representante legal para personas jurídicas.

Constancia de no Retención

• Formulario N°406 (Solicitud de constancia de No
retención de impuestos).

Impuesto a la Renta

• Formulario N° 805, (Fotocopia de DD.JJ. del ejercicio anterior), Formulario N° 800 ú 801 (Fotocopia de los anticipos y las retenciones pagadas).

Impuesto al Valor Agregado (IVA)

• Fotocopia de la cédula de identidad vigente.

• Especificar para que entidad se utilizará la constancia.

Para todos los casos, si la gestión fuese realizado por tercera persona, se adjuntará una nota de autorización y fotocopia de la cédula de identidad vigente del autorizado.


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