Impuestos > Resolución Nº 1.313/06 - 22/09/06

                                                    RESOLUCION Nº 1.313/06

POR LA CUAL SE DISPONE UN PROCESO DE VALIDACIÓN DE LOS DATOS DECLARADOS ANTE EL REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES

                                                                                                      Asunción, 22 de setiembre de 2006

VISTO: La Ley Nº 125 del 9 de enero de 1992, texto actualizado por la Ley Nº 2421/04; y,

 

CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento de la Ley Nº 2421/04 y sus disposiciones reglamentarias, la Subsecretaría de Estado de Tributación está abocada a la implementación del nuevo régimen sobre Timbrado y Uso de Comprobantes de Venta.

 

Que, para la referida implementación, se hace necesario validar los datos declarados ante el RUC por los Contribuyentes, mediante un proceso breve y ordenado.

 

Que la aplicación de dicha campaña se justifica plenamente considerando que existen datos declarados ante el RUC que pueden haber quedado desactuatizados inclusive por razones ajenas a actos voluntarios de los Contribuyentes.

 

POR TANTO,

 

EL VICEMINISTRO DE TRIBUTACIÓN

RESUELVE:

 

Art. 1º.- Proceso de Validación de Datos.- Establécese un Proceso de Validación de los Datos declarados ante el Registro Único de Contribuyentes (RUC), durante el cual los Contribuyentes y Responsables deberán validar, mediante los formularios habilitados por esta Administración Tributaria, los datos que tienen declarados ante el RUC.

 

Este Proceso de Validación de Datos tendrá vigencia hasta el 30 de noviembre de 2006.

 

Art. 2º.- Confirmación automática de Datos al vencimiento del plazo y modificaciones posteriores sujetas a sanción.- Los datos de aquellos Contribuyentes y Responsables que no realicen la respectiva validación, se entenderán confirmados automáticamente al vencimiento del plazo señalado en el Artículo precedente.

 

Con posterioridad a dicha fecha, los referidos datos podrán ser modificados por los interesados, pero sujetos a las sanciones que por contravención corresponda aplicar conforme a Ley.

 

Art. 3º.- Recordatorio de Datos.- Con fines aclaratorios, se recuerda a los Contribuyentes y Responsables que los datos que se validarán en el RUC, entre otros, son los siguientes:

 

a) Nombres y Apellidos (Personas Físicas) o Razón Social o Denominación (Personas Jurídicas).

b) Documento de identidad y Nacionalidad (Personas Físicas).

c) Domicilio Fiscal y teléfono (Personas Físicas y Jurídicas).

d) Actividad Económica Principal y Secundaria (Personas Físicas y Jurídicas).

e) Sucursales y Depósitos (Personas Físicas y Personas Jurídicas).

f) Socios y Directores, Documento de Identidad, Nombres y Apellidos, Domicilio (Personas Jurídicas).

g) Representante Legal, Documento de Identidad, Nombres y Apellidos y Documento de Respaldo (Personas Jurídicas).

h) Capital (Personas Físicas y Personas Jurídicas, según el caso).

 

Art. 4º.- Validación.- Para el cumplimiento del proceso dispuesto por la presente Resolución, los Contribuyentes y Responsables que requieran actualizar cualquiera de los citados datos deberán utilizar el Formulario de Cambio de Información Nº 402 - Personas Físicas - o Nº 403 - Personas Jurídicas -, debiendo llenar obligatoriamente los datos relacionados al Identificador RUC del Contribuyente, su Nombre y Apellido o Razón Social, Número de Cédula de Identidad (para el caso de persona física) y el Domicilio Fiscal. Luego llenarán solamente el campo a modificar, teniendo en cuenta lo siguiente:

 

a) DOMICILIO FISCAL: El campo correspondiente al domicilio que figura en el RUC (Casilla 8 del Formulario Nº 400 / Casilla 3 del Formulario Nº 401 o, si se hubieran modificado anteriormente estos datos, Casilla 10 del Formulario Nº 402 / Casilla 8 del Formulario Nº 403) será considerado Domicilio Fiscal, salvo que el contribuyente decida cambiarlo; todos los demás establecimientos que posea el contribuyente deberán ser incorporados bajo el rubro "Sucursal o Depósito". (Casillero 25 del Formulario Nº 402 y Casillero 23 del Formulario Nº 403).

 

Todos los locales en los cuales se emitan Comprobantes de Venta, deberán estar declarados ante el Registro Único de Contribuyentes.

 

b) NÚMERO DE TELÉFONO: El contribuyente o representante legal en su caso, deberá consignar el número de teléfono correspondiente al domicilio fiscal, o si no lo tuviere, un número de teléfono de contacto.

 

c) ACTIVIDAD ECONÓMICA: Se deberá validar la actividad económica principal, y secundaria, según corresponda. La Administración Tributaria pondrá a disposición del contribuyente a través de la página web www.set.gov.py, el listado completo de actividades conforme al Clasificador Industrial Internacional Uniforme, que constituye el código y descripción de actividad asignado en el sistema informático del RUC; asimismo se adjunta detalle referencial de las principales actividades con sus códigos. Cuando el contribuyente llene el campo sin tener en cuenta dicho clasificador, el funcionario del RUC asignará internamente la equivalencia respectiva.

 

Los campos que no se llenen quedarán automáticamente validados.

 

Art. 5º.- Jurisdicción y horario de atención.- Durante este Proceso de Validación de Datos, el Departamento del Registro Único de Contribuyentes de la Dirección de Apoyo brindará atención al público hasta las 15.00 hs. a efectos de facilitar su cumplimiento.

 

El Departamento del Registro Único de Contribuyentes recepcionará los formularios presentados por los Contribuyentes que pertenecen a las jurisdicciones de Grandes y Medianos Contribuyentes, inclusive. Igualmente, podrá realizarse la recepción a través de las Oficinas Regionales del interior del país, dependientes de la Dirección General de Recaudación y los Departamentos de Grandes Contribuyentes de Ciudad del Este y Encarnación, en el mismo horario arriba señalado.

 

Art. 6º.- Publíquese, comuníquese a quienes corresponda y cumplido archívese.

 

ANDREAS NEUFELD TOEWS

VICEMINISTRO DE TRIBUTACIÓN

DEPARTAMENTO REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES

ACTIVIDADES ECONÓMICAS - DETALLE REFERENCIAL

 

RUBROS CÓDIGO
1 ARQUITECTOS CONSTRUCTORES, DIBUJANTES, SERVICIOS, GEOLÓGICOS Y DE PROSPECCIÓN Y OTROS 8324
2 ARRENDAMIENTO Y ADMINISTRACIÓN DE BIENES INMUEBLES 8310
3 CARNICERÍAS 6213
4 CARPINTERÍA DE OBRA, CASAS PREFABRICADAS DE MADERA 3314
5 COMERCIO AL POR MENOR, RAMOS GENERALES 6290
6 COMERCIO POR MAYOR, IMPORTACIÓN - EXPORTACIÓN 6190
7 COMUNICACIONES (CORREOS, CABINAS TELEFÓNICAS, ETC) 7200
8 CONFITERÍAS, HELADOS, HIELO, PANADERÍA 6218
9 CONSULTORIA 8322
10 CONTADOR 8326
11 CONSTRUCCIONES 5001
12 COPETÍN 6315
13 CORREDORES Y COMISIONISTAS 8312
14 CORRETAJE AGRÍCOLA, FRUTOS DEL PAÍS, MAYORISTAS DE AVES Y HUEVOS - SILOS 6100
15 CORRETAJE DE GANADO (FERIA DE GANADO) 6104
16 CRÍA DE AVES, PARA PRODUCCIÓN DE CARNE Y HUEVOS, AVES ORNAMENTALES 1147
17 CRÍA DE GANADO BOVINO 1141
18 DECORACIÓN 9530
19 DEPÓSITOS DE MADERA 6263
20 DESPENSA 6210
21 ELAB. PROD. AGROP. EXPLOTACIÓN AGRIC. 1119
22 ESTACIONES DE SERVICIO (VENTAS DE NAFTA, LUBRICANTES, SERVICIOS DE LAVADO, ENGRASE, ETC.) 6272
23 FAB. DE MUEBLES Y ACCESORIOS, EXCEPTO LOS METÁLICOS 3320
24 FABRICACIÓN DE PRODUCTOS PRIMARIOS DE HIERRO Y ACERO 3710
25 IMPRENA IMPRENTA Y ENCUADERNACIÓN, FOTOGRABADO Y LITOGRAFÍA 3420
26 IMPRENTA - COMPROBANTES TRIBUTARIOS 3424
27 ING. CIVILES, AGRÓNOMOS, ENÓLOGOS, ING. DE SUELO, ETC. 8328
28 INGENIEROS DE SISTEMA, ANALISTAS DE SISTEMAS 8327
29 INGENIEROS QUÍMICOS, QUÍMICOS FARMACÉUTICOS 9338
30 JOYERÍA, RELOJERÍA, Y FANTASÍAS - BIJOUTERIAS 6277
31 LIBRERÍAS, PAPELERÍAS Y ARTÍCULOS DE OFICINA 6278
32 ODONTÓLOGOS, MECÁNICO DENTAL 9334
33 OTROS PROFESIONALES DE LA SALUD 9339
34 OTROS SERVICIOS PRESTADOS A EMPRESAS NO ESPECIFICADA EN OTRA PARTE 8329
35 OTROS SERVICIOS TERRESTRES DE TRANSPORTE DE PASAJEROS (BUSES ESCOLARES, DE TURISMO, TAXI) 7113
36 PELUQUERÍAS Y SALONES DE BELLEZA 9591
37 PESCADERÍAS Y MARISCOS 6215
38 PLAYAS Y EDIFICIOS DE ESTACIONAMIENTO 7116
39 PRESTAMOS PARTICULARES - PRESTAMISTAS 8105
40 REPARACIÓN DE AUTOMÓVILES Y MOTOCICLETAS 9513
41 RESTAURANT, PARRILLADAS, BAR, HAMBURGUESERÍA, PIZERIAS, MARISQUERÍAS, BEBIDAS 6310
42 SERVICIOS DE INTERNET 8323
43 SERVICIOS DE PUBLICIDAD, DISEÑO GRAFICO 8325
44 SERVICIOS JURÍDICOS, ABOGADOS, PROCURADORES, NOTARIOS PÚBLICOS Y ESCRIBANOS 8321
45 SUPERMERCADOS, AUTOSERVICE 6211
46 TAPICERÍAS, ALFOMBRAS, CORTINAS, SABANAS, CUBRECAMA, MANTELES, TOALLAS, ETC. 6248
47 TRANSPORTE DE CARGA POR CARRETERA - TRACTORISTA 7114
48 VEHÍCULOS MOTORIZADOS Y SUS REPUESTOS 6286
49 VENTA DE PRODUCTOS AGROPECUARIOS 6289

                                                                                                                                                                                        Volver