POR EL CUAL SE PRORROGA LA VIGENCIA DEL DECRETO N.° 8048/2022, PRORROGADO POR EL DECRETO N.° 8635/2022, Y DEL DECRETO N.° 8782/2023.
Asunción, 28 de febrero de 2023
VISTO: La presentación realizada por el Ministerio de Hacienda, individualizada como expediente SIME M. H. N.° 16.944/2023.
La Ley N.° 6380/2019, «De Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional».
El Decreto N.° 1931/2019, «Por el cual se establece un régimen específico de liquidación de tributos internos en la importación de determinados bienes para su comercialización a personas físicas no domiciliadas en el país».
El Decreto N.° 3107/2019, «Por el cual se reglamenta el Impuesto al Valor Agregado (IVA) establecido en la Ley N.° 6380/2019 «De Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional»».
El Decreto N.° 3109/2019, «Por el cual se reglamenta el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) establecido en la Ley N.° 6380/2019, «De Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional»».
El Decreto N.° 8048/2022, «Por el cual se modifica temporalmente la base imponible del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para la importación de los bienes comprendidos en el Anexo al Decreto N.° 1931/2019, “Por el cual se establece un régimen específico de liquidación de tributos internos en la importación de determinados bienes para su comercialización a personas físicas no domiciliadas en el país»».
El Decreto N.° 8635/2022, «Por el cual se prorroga la vigencia del Decreto N.° 8048/2022, «Por el cual se modifica temporalmente la base imponible del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para importación de los bienes comprendidos en el Anexo al Decreto N.° 1931/2019, «Por el cual se establece un régimen específico dé liquidación de tributos internos en la importación de determinados bienes para su comercialización a personas físicas no domiciliadas en el país»‘».
El Decreto N.° 8782/2023, «Por el cual se modifica temporalmente las tasas del Impuesto Selectivo al Consumo para determinados productos contemplados en el articulo 12 del Anexo al Decreto N.° 3109/2019, «Por el cual se reglamenta el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) establecido en la Ley N.° 6380/2019, De Modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional'»; y
CONSIDERANDO: Que el artículo 104 de la Ley N.° 6380/2019, faculta al Poder Ejecutivo a establecer regímenes especiales de liquidación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) cuando las características de las actividades, formas de comercialización, envergadura del negocio y otras razones justificadas faciliten su percepción.
Que el artículo 120 de la Ley N.° 6380/2019 autoriza al Poder Ejecutivo a fijar tasas diferenciales del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) para los distintos tipos de productos contemplados en la mencionada Ley.
Que a fin dinamizar el comercio y, de esta manera, coadyuvar a la recuperación económica del país, el Poder Ejecutivo dispuso, a través del Decreto N.° 8048/2022, la modificación temporal la base imponible del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para la importación de los bienes sujetos al Régimen de Turismo, cuya vigencia fue prorrogada por el Decreto N.° 8635/2022.
Que con el mismo fin mencionado en el párrafo anterior, el Poder Ejecutivo dispuso, mediante el Decreto N.° 8782/2023 la modificación temporal de las tasas del ISC para los bienes señalados en los numerales 2) y 3), del articulo 12, del Anexo al Decreto N.° 3109/2019.
Que las disposiciones señaladas precedentemente se encuentran vigentes hasta el 28 de febrero de 2023, y ante la necesidad de mantener las mencionadas medidas fiscales para dinamizar el comercio y seguir coadyuvando a la recuperación económica del país, el Poder Ejecutivo considera necesario prorrogar la vigencia de las disposiciones contempladas en los citados Decretos.
Que la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda se ha expedido en los términos del Dictamen N.° 102/2023.
POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales.
EL PRESIDENTE DELA REPÚBLICA DEL PARAGUAY
DECRETA:
Art. 1°.- Prorrógase, hasta el 30 de abril de 2023, la vigencia de las siguientes disposiciones:
- a) Decreto N.° 8048/2022, por el cual se estableció la base imponible del 5% (cinco por ciento) para la liquidación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) al momento de la importación de los bienes comprendidos en el Anexo al Decreto N.° 1931/2019.
- b) Decreto N.° 8782/2023, por el cual se dispuso la modificación temporal al 0,5% (cero coma cinco por ciento) de las tasas del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) para los bienes señalados en los numerales 2) y 3), del artículo 12, del Anexo al Decreto N.° 3109/2019.
Art. 2°.- A partir del 1 de mayo de 2023 la base imponible del IVA para la importación de los bienes sujetos al Régimen de Turismo será la establecida en el artículo 4° del Decreto N.° 1931/2019 y sus modificaciones.
Desde el 1 de mayo de 2023 se aplicarán las tasas impositivas del ISC previstas en los numerales 2) y 3), del artículo 12, del Anexo al Decreto N.° 3109/2019 para los bienes señalados en los citados numerales.
Art. 3°.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Hacienda.
Art. 4°.- Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
Fdo.: Mario Abdo Benítez
Fdo.: Oscar Llamosas